En DADES i SERVEIS te recordamos que a la hora de facturar al arrendatario los gastos de electricidad, agua e IBI, así como otras tasas correspondientes al arrendamiento de un local, los debes incluir en la base imponible junto con la renta, excluido el IVA.
Por ejemplo:
Renta mensual: 500 euros.
Factura de la electricidad: 60 euros + 12,6 euros de IVA.
Factura del agua: 30 euros + 3 euros de IVA.
Tasa de basuras: 25 euros.
En este supuesto la base imponible sujeta a IVA estará formada por la renta mensual y los gastos accesorios sin IVA, es decir: 500 + 60 + 30 + 25 = 615 euros.
Y al resultado le tendremos que sumar el IVA correspondiente: 615 euros + 21 por ciento de IVA = 744,15 euros. La retención correspondiente deberás aplicarla igualmente sobre la base imponible.
Si necesitas cualquier aclaración al respecto no dudes en contactar con nosotros.